La muerte de Alejandra "Locomotora" Oliveras generó múltiples repercusiones, sobre todo luego de que la Justicia postergara la cremación de su cuerpo, luego de una denuncia que pretende "tener certezas" sobre los motivos que derivaron en su fallecimiento: "Es importante que la gente conozca que no se trata de generarle ningún daño emocional a la familia ni a nadie"
La presentación judicial fue hecha por un fisicoculturista mendocino llamado Aldo Parodi. Patricia Apesteguy, abogada del denunciante, explicó en Radiópolis (Radio 2)este miércoles cómo surgió la denuncia: "A partir de la noticia de que la familia pretendía cremar el cuerpo, presentamos una medida cautelar solicitando que se preservara el cuerpo para hacer los análisis necesarios".
Y agregó: "Nuestra presentación se dio en el juzgado federal de Comodoro Py, porque podría tratarse de un delito federal relacionado con el suministro y la facilitación de sustancias tóxicas o prohibidas. La decisión de la postergación la llevó a cabo un fiscal de Santa Fe. Esto lo define el ministerio público, que es el titular de la acción penal".
Luego, Apesteguy dio detalles de los motivos que llevaron a su cliente a presentar la denuncia: "Él no conocía particularmente a Alejandra Oliveras, pero sí tiene conocimiento del circuito en el que se movía y de lo que ocurre en el deporte en general".
La letrada indicó: "Parodi es un promotor de la salud, del deporte sin drogas, y admirador de Alejandra Oliveras. Está preocupado por la falta de control y por todos los problemas que produce este consumo, que son casualmente el derrotero que tuvo la salud de Alejandra. No solo produce aumento de la masa muscular, también de la presión arterial, que devino en un ACV, según comentarios los propios médicos que la atendieron".
Y sentenció: "Es fundamental una autopsia y los estudios de los análisis fitopatológicos para conocer que existía en el cuerpo. La lucha de mi cliente es contra la falta de control, estas sustancias se venden de manera libre, por internet, por mercado libre, etc. El facilitador tiene responsabilidad".